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CONVOCATORIA AYUDAS AL ALQUILER 2020 (Nuevo requerimiento de subsanación de deficiencias 03-05-2021)

Requerimiento de subsanación de deficiencias de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de la ayuda al alquiler de viviendas de 2020

Los solicitantes de la ayuda al alquiler de viviendas 2020 que se detallan en el anexo I disponen de un plazo de diez días hábiles comprendidos entre el 4 y el 17 de mayo de 2021 ambos inclusive, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida en el mencionado anexo.

Una vez finalizado el plazo establecido sin corregir o aportar la documentación, se entenderá que desiste de la solicitud y se procederá previa la resolución correspondiente, al archivo del expediente.

Se puede subsanar la deficiencia o adjuntar la documentación requerida telemáticamente mediante el siguiente enlace. Es necesario indicar el número del código del expediente que figura en los listados (PAV/PAC), juntamente con el año de la ayuda (2020) y el número del documento de identidad.

Todos aquellos solicitantes cuyo expediente no figure en ninguna de las listas publicadas hasta el momento, tienen que esperar a la publicación de próximas listas.