Comercio electrónico

 

Confianza Online

Si quiere presentar una reclamación por una compra en línea o por publicidad digital y la página web de la empresa muestra el sello de Confianza Online, puede reclamar gratuitamente ante Confianza Online. Esta asociación es una entidad privada acreditada como ADR (alternative dispute resolution) por la Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo para la resolución alternativa de litigios en materia de comercio electrónico.

Puede consultar si la empresa está adherida a Confianza Online en el siguiente enlace:
https://www.confianzaonline.es/quienes-somos/empresas-adheridas/

Para más información sobre el procedimiento de reclamación, puede consultar el siguiente enlace:
https://www.confianzaonline.es/como-reclamar/

Convenio entre la Consejería de Salud y Consumo y la asociación Confianza Online

La consejería de Salud y Consumo y la asociación Confianza Online han firmado un convenio de colaboración para impulsar la resolución voluntaria de conflictos y reclamaciones entre consumidores y empresarios o profesionales en materia de comercio electrónico, y para desarrollar actividades de información sobre la protección de los consumidores (ver convenio).

Este convenio establece un mecanismo de colaboración entre los órganos competentes en materia de protección de los consumidores de la Consejería de Salud y Consumo y la asociación Confianza Online para la tramitación de las reclamaciones referidas a comercio electrónico, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  1. El consumidor debe tener residencia o domicilio en las Illes Balears, y prestar su consentimiento de adhesión a los procedimientos de resolución extrajudicial de reclamaciones previstos en el Convenio.
  2. El objeto de la reclamación o de la solicitud de arbitraje debe versar sobre comercio electrónico, es decir, sobre la compra de bienes o la contratación de servicios en los que la oferta y la aceptación de la compra del bien o la contratación del servicio se han realizado a través de medios informáticos o telemáticos.
  3. La empresa prestadora del servicio reclamado ha de estar adherida al Código de Confianza Online. Puede consultar si la empresa está adherida a Confianza Online en el siguiente enlace:
    https://www.confianzaonline.es/quienes-somos/empresas-adheridas/

En el caso de que se cumplan los requisitos anteriores y la persona reclamante decida someter su controversia a este procedimiento, la asociación Confianza Online llevará a cabo el proceso de intermediación entre el reclamante y la empresa reclamada.

Si se alcanza un acuerdo, Confianza Online lo comunicará por escrito al reclamante.

Si no se alcanza un acuerdo, Confianza Online lo comunicará al reclamante, informándole sobre la posibilidad de presentar una solicitud de arbitraje ante la Junta Arbitral de Consumo de las Illes Balears.

En cualquier caso, las empresas adheridas al Código de Conducta de Confianza Online se entenderán sometidas al arbitraje de consumo ante la Junta Arbitral de Consumo de las Illes Balears, respecto de las reclamaciones y solicitudes de arbitraje que hayan finalizado sin un acuerdo entre las partes en el Comité de Mediación de Confianza Online.

Para más información sobre el arbitraje de consumo, puede consultar el siguiente enlace:
http://www.caib.es/sites/arbitratgeconsumillesbalears/es/portada/