INCORPORACIÓN DE NUEVOS VEHÍCULOS A LA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO

Transporte de mercancías en vehículos de más de 2.000 y hasta 3.500 kg de M.M.A.

Para la adscripción de nuevos vehículos a una autorización de transporte público de mercancías ya existente.

En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, si no está acreditada en el sistema esta representación, antes de presentar la solicitud del interesado, la gestoría/representante deberá iniciar previamente un expediente de acreditación de representación de empresa, al que deberá adjuntarse el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Plataforma de gestión de las autorizaciones de transporte interior del Ministerio competente en transportes.

REQUISITOS:

1. El vehículo tiene que estar matriculado en España y disponer de él en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

DOCUMENTACIÓ A PRESENTAR:

a) En el caso de que se disponga el vehículo/s mediante arrendamiento, se deberá aportar el contrato correspondiente con la empresa arrendadora.

- En el contrato debe constar la identificación clara del vehículo (matrícula o número de bastidor) y en el permiso de circulación, en el caso de arrendamiento ordinario, debe constar que el vehículo está destinado al alquiler sin conductor.

- La empresa arrendadora deberá ser una empresa profesionalmente dedicada a esta actividad de arrendamiento de vehículos.

b) Ficha técnica y permiso de circulación del/de los vehículo/s.

c) Documento de ingreso de la tasa de incorporación por el número de unidades (número de vehículos de los que se solicita tramitar la incorporación a la flota de empresa de transporte público de mercancías en vehículos ligeros - MDLE: la autorización).