Derecho de acceso a la información pública > Recomendaciones
DIFERENTES FORMAS DE OBTENER INFORMACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN SEGÚN EL CASO (no siempre puede pedirse mediante el derecho de acceso)
CONSULTAS GENERALES (información básica)
- Si solamente desea obtener información básica general sobre la Administración (horarios de atención y ubicación de oficinas de órganos y servicios de la Administración autonómica, como deben realizarse determinados trámites, como puede relacionarse con la Administración o como obtener orientación sobre requisitos jurídicos o técnicos de proyectos, actuaciones o solicitudes que quiera realizar, etc.), puede solicitarla, de manera más ágil y sencilla, por medio del Servicio de Atención a la Ciudadanía, que dispone de los canales de atención presencial, telefónica y en línea. Para hacerlo telemáticamente, utilice este formulario. - Si quiere asesoramiento sobre requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones impongan a las actuaciones o solicitudes, puede obtenerlo contactando directamente con el órgano competente. |
INFORMACIÓN PARTICULAR COMO PARTE INTERESADA EN UN PROCEDIMIENTO EN CURSO
- Si es parte interesada en un procedimento que aún está en curso y desea información sobre el expediente o acceder a su documentación, no debe hacerlo mediante el derecho de acceso, sino que debe contactar directamente con la unitad gestora del procedimento. |
PRIMERO- compruebe si la información ya está publicada en el PORTAL DE TRANSPARENCIA |
SEGUNDO- si no puede encontrar la información que busca en el Portal, pregúntenos donde encontrarla, con un simple formulario. Le contestaremos el primer día hábil siguiente. |
TERCERO- si la información no se encuentra publicada en el Portal o en la web de la Comunidad Autónoma, solicítela mediante el ejercicio de este derecho aquí. En este caso le interesa saber: Tiene toda la información en esta página IMPORTANT: No se debe utilizar este procedidmiento del derecho de acceso para: presentar documentos de otros procedimientos administrativos, solicitar certificaciones o autorizaciones, consultar o subsanar expedientes personales, formular alegaciones... Para tramitar telemáticamente otras solicitudes o presentar documentos, debe acceder al trámite telemático del procedimiento correspondiente en la Sede Electrónica. Si este no dispone de “trámite en línea”, puede presentar, a través del Registro electrónico común (REC), la solicitud según el modelo que esté disponible en el procedimiento que se encuentra en la Sede Electrónica. Para más información sobre la presentación telemática de documentos consulte este enlace.
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