Tuberculosis bovina


La tuberculosis bovina es una enfermedad bacteriana grave;de los animales y de los hombres, causada por Mycobacterium tuberculosis complex (CMT). En países, la tuberculosis bovina es una enfermedad infecciosa considerable en el ganado bovino. En otros animales domésticos y en algunas poblaciones de animales salvajes. La trasmisión a los humanos representa un problema de salud pública.

Se considera que la ruta más frecuente de infección del ganado es la exposición a aerosoles de CMT, aunque también se produce la infección por ingesta de material contaminado. Se caracteriza normalmente por la formación de granulomas nodulares conocidos como tubérculos.

La infección del ganado vacuno con tuberculosis bovina se diagnostica en general en el animal vivo con reacciones de hipersensibilidad retardada. El método estándar para detectar la tuberculosis bovina es la prueba de la tuberculina, que comprende la inyección intradérmica de tuberculina PPD bovina y la detección del abultamiento consiguiente en el lugar de la inoculación tres días después (hipersensibilidad retardada).

Habitualmente, la infección es subclínica; cuando se presenta, los síntomas clínicos no son específicamente distintivos de esta enfermedad y pueden incluir debilidad, anorexia, extenuación, disnea, inflamación de los ganglios linfáticos y tos, particularmente en casos de tuberculosis avanzada. Después de la muerte, se diagnostica mediante un examen postmortem y técnicas histopatológicas y bacteriológicas.

La Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se encarga de coordinar los programas de erradicación e informa la Comisión Europea de la evolución de estas enfermedades.

Els responsables de la ejecución de los programas son los órganos competentes de las comunidades autónomas. La Comunitad Autónoma de les Illes Balears, a partir de la normativa vigente, lleva a cabo un programa propio de control, que diseña anualmente el Servicio de Ganadería de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, y ejecuta el Departamento de Sanitad Animal de SEMILLA.

Las actuaciones que prevé el programa de erradicación de la tuberculosis vacuna son:

  • Pruebas diagnósticas: bovinos a partir de seis semanas en el caso de la intradermotuberculinización (IDT), y más jóvenes en el supuesto de que hayan nacido a otras explotaciones, y a partir de seis meses en el supuesto de que se use el interferón gama.
  • Técnicas de rutina: IDT simple o comparada. Cuando es necesario aumentar la detección de los animales infectados el Servicio de Ganadería miedo autorizar el uso del interferó gama.
  • Sacrifici obligatori de tots els animals que hagin reaccionat positivament i indemnització (excepte els animals d'engreix). Si és necessari es podrà fer un buit sanitari.
  • Medidas profilàctiques a las explotaciones con animales que hayan reaccionado positivamente. Control de movimientos y reposición. Aumento de las pruebas diagnósticas.
  • Pruebas antes de los movimientos.
  • Inspecciones de supervisión de equipos de campo.
     

CONTRASTACIÓ DE LAS PRUEBAS DE CAMP


Els titulars de les explotacions ramaderes poden  sol·licitar la contrastació de les proves de camp designant un pèrit de part. La sol·licitud s’ha de dur a terme amb caràcter previ a la realització de les proves mitjançant el model que s’inclou al procediment disponible a la seu electrònica:


La contrastació de la prueba se realizará en un acto único. En esta prueba habrá presente tanto el perito designado por el chalán como un veterinario oficial designado por la autoridad competente. El perito de parte tiene que acreditar antes de la realización que dispone de la correspondiente formación. Así mismo, tiene que ser presente a las dos partes de las pruebas de campo: la inoculación y la lectura. En caso de que exista discrepancia entre el dictamen del equipo de campo y el perito designado por el titular de la explotación, el veterinario oficial designado dictaminará el resultado de la prueba.

AUTORIZACIÓN DE SALIDA DE VACUNOS CON DESTINO ENGREIX A EXPLOTACIONES CON ANIMALES REACCIONANTS


De acuerdo con el establecido en el Programa Nacional de Erradicación de la Tuberculosis Vacuna se puede autorizar el movimiento con destino a engreix de animales de explotaciones T3H ubicadas a provincias de baja prevalencia (<1%) que presenten una evaluación de riesgo favorable de acuerdo con las condiciones establecidas al Procedimiento de actuaciones y movimientos de ganado ante la aparición de animales reaccionants en rebaños T3H sin sospecha de enfermedad a zonas de baja prevalencia de tuberculosis.

En la sede electrónica de la caib se encuentra disponible el procedimiento para solicitar la autorización del movimiento.