Modelo de ordenanza

 

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en su artículo 18.l) prevé que los ayuntamientos podrán establecer, entre otras, las limitaciones de fumar en las playas, y que podrán ejercer su potestad sancionadora de acuerdo con el régimen de infracciones y sanciones de la mencionada ley, sancionando las vulneraciones de las limitaciones, de acuerdo con lo establecido a la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente en consideración a los filtros de productos de tabaco que constituyen el segundo artículo de plástico desechable que se encuentra en las playas de la Unión Europea.


Es por esto que los ayuntamientos interesados se pueden descargar el siguiente modelo de ordenanza, elaborado con la col·laboración de la FELIB, para adaptarlo a su idiosincrasia y así poder regular el hecho de fumar en las playas adheridas a la campaña.


Descargar el modelo de ordenanza (MODEL DOC)

 

La sol·licitud s'ha d'enviar a:

Coordinació Autonòmica de Drogues de la Direcció General de Salut Mental.
Carrer de Jesús, 38-A 07010 Palma