Requisitos
- Haber cumplido 18 años y no haber cumplido 25.
- Haber sido bajo una medida administrativa de guarda o tutela adoptada por la entidad pública en materia de protección de menores en cualquier momento de su vida o haber sido sometido a alguna de las medidas de justicia juvenil.
- No convivir con las personas que causaron la medida de desprotección
- Tener residencia en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .
- Compromiso de participar en un proceso de emancipación cumpliendo con los objetivos establecidos en su proyecto educativo y del contrato de uso.
- Estar inscrito en la investigación de trabajo al lo SOIB, estar laboralmente activo o cursar estudios académicos. Excepcionalmente se admitirán aquellas solicitudes en proceso de tramitación de la documentación que corresponda.
Documentación a presentar
- DNI/NIE /Pasaporte. En caso de actuar por medio de representación, también tendrá que presentar copia del documento de identificación del/la representante legal.
- Certificado de convivencia de la persona solicitante. Excepto residentes en Palma
- Tarjeta de demanda de ocupación del SOIB y/o en el caso de cursar estudios académicos, certificado de matrícula.
- Certificado de duración de la medida administrativa de guarda o tutela de protección de menores (entre los 16 y 18 años). En caso de no haber cumplido todavía los 18 años en el momento de la solicitud, certificado emitido pelo organismo competente en materia de protección de menores en que consten los datos de inicio de la medida administrativa de guarda o tutela de protección de menores y su duración.
- Certificado de discapacidad, si procede.
- Documento de compromiso y declaración responsable del servicio de acompañamiento (Anexo I)
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Cualquier momento
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Familias
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Familias
C/ de Sant Joan de la Salle, 4 b.
Tel.: 971177155
- Fax: 971176384
(pap@dgmenors.caib.es)