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Línea 1 de la convocatoria de subvenciones SOIB grados B de FP dirigida a personas trabajadoras ocupadas, desempleadas y a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral, para el periodo 2026-2029

El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones para financiar grados B, módulos profesionales de los grados C que se consideren imprescindibles para dar apoyo a la adquisición de los resultados de aprendizaje del resto de módulos asociados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia y que no constituyan un grado B y FEMPO.

La impartición se llevará a cabo en centros pertenecientes en la Red de Centros de Formación Profesional gestionados por la administración laboral (SOIB) «Centros FP SOIB».

A cada uno de los grados a impartir a la línea 1 podrá haber ofertas vinculadas a los niveles 1, 2 y 3 del Catálogo nacional de estándares de competencias profesionales.

Código SIA

3288583

Personas destinatarias

Se pueden beneficiar de las subvenciones las entidades de formación que soliciten la impartición de la oferta formativa establecida en la convocatoria, excepto los centros propios, siempre que los centros donde impartirán la formación estén autorizados para impartir grados C de FP, ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears e inscritos en los registros correspondientes. La fecha de autorización e inscripción tiene que ser anterior a la fecha de la solicitud.

Los centros que soliciten impartir todos los grados B que forman un grado C más el FEMPO correspondiente que den derecho a obtener títulos y carnés profesionales, tienen que estar homologados o autorizados por parte de las administraciones competentes.

De acuerdo con el artículo 209.5 del Real Decreto 659/2023, no se podrán presentar a la línea 1 y 2 de esta convocatoria de subvenciones las entidades de formación profesional que, teniendo adjudicada formación, hayan inejecutado más de un 30% de la formación concedida en cada una de las líneas siguientes de la convocatoria SOIB Grados B de FP, publicada en el BOIB n.º 120, de 12 de septiembre de 2024, (calculado dividiendo el importe inejecutado en relación con el importe concedido):

- SOIB Grados B de FP línea 1 para el periodo 2024-2026

- SOIB Grados B de FP línea 2 para el periodo 2024-2026

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitudes de la línea 1 para el primer periodo

Requisitos

Se pueden beneficiar de las subvenciones las entidades de formación que soliciten la imparción de la oferta formativa establecida en el punto 4 del annexo de la convocatoria, excepto los centros propis, siempre que:

1. Los centros donde impartirán la formación estén autorizados para impartir grados C de FP, ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de las IB i inscritos en los registros correspondientes.

La autorización y la inscripción de los centros se hará de acuerdo con lo que establece la Resolución de fecha 2 de abril de 2024 de la directora del SOIB por la cual se aprueba el Protocolo relativo a la autorización de centros de formación para impartir formación profesional de grados C (certificados profesionales) y a la expedición de acreditaciones parciales de competencia, certificados de competencia y certificados profesionales. Todos los centros autorizados para impartir grados C también lo estarán para impartir los grados B, los módulos profesionales y los FEMPO correspondientes.

2. La autorización sea para cada grado C de FP, como mínimo, en función del número de alumnado solicitado.

3. La fecha de autorización e inscripción tiene que ser anterior a la fecha de la solicitud.

Hay que tener en cuenta que las resoluciones de autorización de centros tienen efectos desde la fecha de la resolución. Todas las ofertas formativas se tienen que impartir en los espacios autorizados de acuerdo con la normativa que se tiene que aplicar.

4. Todas las entidades y los centros autorizados para impartir ofertas de formación profesional:

— Tienen que disponer de una denominación específica indicativa de su carácter de centro oficial autorizado del Sistema de Formación Profesional, que tendrá que constar en toda su documentación. "xxxxx CENTRO FPSOIB".

— Tienen que mantener la autorización para cada grado C hasta la finalización de la formación.

— Tienen que garantizar el cumplimiento de las condiciones de accesibilidad exigidas por la legislación vigente y promover la adecuación de las condiciones físicas y tecnológicas de los centros. Así mismo, tienen que asegurar la dotación de recursos materiales y el acceso a la formación adecuados a las personas con discapacidad, de forma que no se conviertan en factor de discriminación y garanticen una atención inclusiva y universalmente accesible.

— Tienen que comunicar a la administración pública competente cualquier cambio de titularidad o de forma jurídica.

5. Además, los centros que soliciten impartir todos los grados B que conforman un grado C más el FEMPO correspondiente que den derecho a obtener títulos y carnés profesionales, tienen que estar homologados o autorizados por parte de las administraciones competentes.

6. Las personas beneficiarias no pueden incurrir en ninguna de las circunstancias que prevén los artículos 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, que impiden obtener la condición de persona beneficiaria, así como los artículos 10.1 y 2 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.

7. Además, de acuerdo con el artículo 209.5 del Real Decreto 659/2023, no se podrán presentar a la línea 1 y 2 de esta convocatoria de subvenciones las entidades de formación profesional que, teniendo adjudicada formación, hayan inejecutado más de un 30 % de la formación concedida en cada una de las líneas siguientes de la convocatoria SOIB Grados B de FP, publicada en el BOIB n.º 120, de 12 de septiembre de 2024, (calculado dividiendo el importe inejecutado en relación con el importe concedido):

- SOIB Grados B de FP línea 1 para el periodo 2024-2026

- SOIB Grados B de FP línea 2 para el periodo 2024-2026

Documentación a presentar

Las entidades de formación interesadas tendrán que presentar solo una solicitud para la línea 1 junto con la documentación siguiente:

- La declaración responsable que se generará con el modelo de solicitud.

- Acreditación de la representación con la que actúa la persona que firma la solicitud.

- En el caso de que la entidad de formación tenga el domicilio fiscal ubicado en otra comunidad autónoma, un certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la comunidad autónoma correspondiente.

-Documento firmado por el responsable de la entidad de «Declaración de compromiso con medidas de fomento de la igualdad» o el plan de igualdad obligatorio. El servicio responsable del seguimiento del Plan de Transversalidad del SOIB puede solicitar a cada entidad, una vez finalizada toda la formación de esta convocatoria, una memoria de las medidas de fomento de la igualdad llevadas a cabo.

- De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, y el artículo 61 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el SOIB puede obtener, excepto la oposición expresa de la persona interesada que debe hacerse constar en el modelo de solicitud, los certificados acreditativos de que la persona interesada está al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

En caso de que se opongan a estas consultas, se debe aportar la documentación acreditativa, junto con la solicitud de ayuda.

- En aplicación del artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la persona interesada debe autorizar la consulta de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal.

En caso de que no se autoricen estas consultas, se debe aportar la documentación acreditativa, junto con la solicitud de ayuda.

En caso de que las entidades presenten más de una solicitud por línea solo se tendrá en cuenta la última que se haya registrado.

Plazo máximo

- Para el primer periodo de solicitudes:

Dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en BOIB , las personas interesadas podrán presentar las solicitudes correspondientes al primer periodo de las tres líneas.

- Para el segundo periodo de solicitudes:

De día 1 al lo 19 de marzo de 2027, las personas interesadas podrán presentar las solicitudes correspondientes al segundo periodo de las tres líneas que quieran impartir.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Gestión Administrativa de Programas de Formación

(convocatoriesformacio@soib.caib.es)

X

Presentación de documentación requerida y enmienda de solicitud

Requisitos

Si la solicitud no reúne los requisitos legales que exige la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que enmiende el error o presente los documentos preceptivos, con la indicación que, si no lo hace, se considerará que desiste en su petición, con la resolución previa que se tiene que dictar en los términos del artículo 68.1 de la Ley 39/2015.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Plazo improrrogable de diez días hábiles

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Gestión Administrativa de Programas de Formación

(convocatoriesformacio@soib.caib.es)

X

Alegaciones y presentación de documentación

Requisitos

Haber recibido la notificación de la propuesta de resolución provisional y del requerimiento de documentación relativo al cumplimiento de los plazos de pago dispuestos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, si procede.

Documentación a presentar

Alegaciones a la propuesta de resolución notificada y documentación relativa al requerimiento del cumplimiento de los plazos de pago dispuestos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, si procede.

Plazo máximo

Diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Gestión Administrativa de Programas de Formación

(convocatoriesformacio@soib.caib.es)

X

Presentación de documentación

Requisitos

Presentación de renuncias y otra documentación o información que corresponda.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Sin plazo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Gestión Administrativa de Programas de Formación

(convocatoriesformacio@soib.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros sacado de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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