Requisitos
Los centros que soliciten la participación en el Pla tendrán que cumplir los requisitos siguientes:
a. Idoneidad de las instalaciones. Disponer de los espacios necesarios para garantizar las finalidades del Pla.
b. Adecuación de las medidas organizativas y metodológicas. Todos los alumnos del grupo tienen que seguir la misma secuenciación del
currículum y compartir las programaciones didácticas y las situaciones de aprendizaje. Solo se diferenciará por la lengua
de impartición.
c. Número mínimo de alumnos participantes en el centro. Será un mínimo del 20% del alumnado matriculado al grupo/grupos de cada nivel y etapa. Si se trata de un grupo reducido, se tiene que contar con un mínimo de cinco alumnos.
Documentación a presentar
a. La solicitud de participación de acuerdo con el modelo que figura como anexo 2 de este Resolución.
b. El proyecto en que se justifique la oportunidad de participación en el Plan que tiene que incluir:
I. La situación del contexto sociolingüístico del centro y el análisis de la competencia lingüística de los alumnos, además de las necesidades que se desprenden.
II. La relación de las áreas o materias de cada nivel en que se quiere aplicar el Plan. Así mismo, el proyecto tiene que especificar la lengua de enseñanza y aprendizaje de las distintas áreas, ámbitos, materias, módulos o proyectos de carácter no lingüístico de acuerdo con los principios y criterios que se establecen en el artículo 135 de la Ley 1/2022.
Los centros que, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 92/1997, de 4 de julio, deseen impartir en lengua catalana un área diferente a las que se fijan en los artículos 17.c) o 18. a), lo justificarán adecuadamente en el Proyecto lingüístico y lo solicitarán adjuntando la documentación y los requerimientos a que se refiere el artículo 6 de la Orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes, del 12 de mayo de 1998, por la cual se regulan los usos de la lengua catalana, propia de las Illes Balears , como lengua de enseñanza en los centros docentes no universitarios de las Illes Balears .
III. La estimación del número de alumnos participantes por niveles.
IV. Las estrategias metodológicas y organizativas necesarias para implementarlo, con inclusión de las medidas de atención a la diversidad.
V. La justificación de la idoneidad de las instalaciones.
VI. La previsión de recursos materiales y humanos que serán necesarios para implementarlo.
VII. La propuesta de modificación de los documentos del Proyecto Educativo de Centro.
VIII. El procedimiento de revisión sistemática y periódica del Pla.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Dentro del plazo de 15 días hábiles contadores a partir del día siguiente a la publicación de este convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears , los centros interesados podrán presentar las solicitudes en cualquier de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Departamento de Planificación y Centros
Contacto
Servicio o Sección responsable
Departamento de Planificación y Centros
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta).
Tel.: 971177755
- Fax: 971176905
(info@dgplacen.caib.es)
Observaciones
Trámit telemàtic al GESTIB (per als centres públics) i subsidiàriament els centres concertats pel REC (Registre Electrònic Comú)