Requisitos
Constar en el Anexo 1 de la Resolución: Entidades solicitantes a las cuales se concede la subvención PCI 2024
Documentación a presentar
14.2. Cuenta justificativa (anexo 7), suscrita por la entidad beneficiaria, con el siguiente contenido:
a) Memoria de actuación justificativa (anexo 8) del cumplimiento de las condiciones impuestas a la concesión de la subvención, en la que se manifiesten las actividades llevadas a cabo; el número de personas participantes; la ruta concreta que se ha realizado, con el origen y el destino de cada trayecto, y el número de kilómetros recorridos (si se ha realizado el desplazamiento en vehículo particular o alquilado); los resultados obtenidos, y los ingresos, en su caso.
b) Memoria económica justificativa (anexo 9) del coste de las actividades, que deberá contener una relación clasificada de los gastos de la actividad, con la identificación del acreedor y del documento, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.
c) Las facturas, que cumplirán los requisitos establecidos en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
d) El justificante de pago de todas las facturas, que podrá ser, según los casos, una copia de los siguientes documentos:
1.º El comprobante bancario, en el que figuren los siguientes datos: les datos del ordenante y del destinatario, que coincidirán con la entidad beneficiaria y con el emisor de la factura, respectivamente; el importe pagado; la fecha del pago; la identificación del concepto del pago para que quede identificado el pago de la factura.
2.º Una copia del cheque nominativo, el pagaré nominativo, la letra de cambio o similar, siempre que estén vencidos, acompañada del correspondiente extracto bancario del beneficiario de la subvención que acredite el cargo.
3.º Si el pago se realiza con tarjeta de crédito o débito, se entregará una copia del recibo del pago y una copia del extracto bancario de la tarjeta en que figure el apunte del cargo.
4.º Para las facturas de un importe igual o inferior a 200 euros, IVA excluido, el pago podrá justificarse por medio de un recibo de pago del proveedor. En cualquier caso, se indicarán en la cuenta justificativa y se aportarán junto con las otras facturas.
e) La acreditación fotográfica de la actividad, en su caso.
f) Un ejemplar de los materiales gráficos elaborados o editados con motivo de la actividad subvencionada, en su caso.
g) La acreditación de la programación o de la asistencia a la actividad referida en el punto 9.2.e), en el caso de que no se haya presentado junto con la solicitud.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
10 días hábiles a contar desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Del X al XX de noviembre de 2024, ambos incluidos
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Cultura
Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo)..
Tel.: 971176545
- Fax: 971176897
(subvencionspci@dgcultur.caib.es)